Zozulia, pese al recurso presentado por el Alba, es sancionado; Arroyo, también

Escrito por: Hugo Piña

miércoles, 12.12.2018

Tanto Álvaro Arroyo como Roman Zozulia han sido sancionados por el Comité de Competición. Ambos jugadores del Albacete Balompié fueron sancionados con doble amarilla el pasado sábado ante Osasuna y por tanto con la consecuente roja. Se perderán el duelo del sábado ante el Numancia. Por Zozulia se presentó recurso, si bien este ha sido desacreditado por la RFEF:

“Reunido el Comité de Competición de la RFEF para resolver las incidencias acaecidas con ocasión de la celebración del partido correspondiente al Campeonato Nacional de Liga de Segunda División, disputado el día 8 de diciembre de 2018 entre los clubs Albacete Balompié SAD y Atlético Osasuna, adopta la siguiente

 

RESOLUCIÓN
ANTECEDENTES
Primero.- El acta arbitral del referido encuentro, en el apartado 1.Jugadores (incidencias local), bajo el epígrafe de amonestaciones, literalmente transcrito dice: “Albacete Balompié SAD: En el minuto 76, el jugador (10) Roman Zozulia fue amonestado por el siguiente motivo: por golpear con el brazo a un contrario, impactándole de forma temeraria […] En el minuto 87, el jugador (10) Roman Zozulia fue amonestado por el siguiente motivo: por golpear con el brazo a un contrario, impactándole de forma temeraria”; haciéndose constar, en el capítulo de expulsiones, que “en el minuto 87, el jugador (10) Roman Zozulia fue expulsado por el siguiente motivo: Doble Amarilla”.
Segundo.- En tiempo y forma la representación del Albacete Balompié SAD formula escrito de alegaciones respecto de la segunda de las referidas amonestaciones, aportando prueba videográfica.

 

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero.- Alega el Albacete Balompié SAD en relación a la segunda amonestación impuesta al jugador don Roman Zozulia en el referido encuentro. Considera el club que el acta arbitral refleja un error material manifiesto cuando señala que el citado jugador golpeó al contrario, impactándole de forma temeraria, al estimar que en ningún caso existió “golpeo” o “impacto” por parte del futbolista amonestado.
Además del escrito de alegaciones, el club presenta una prueba videográfica de la jugada.

Segundo.- Tras el examen y consideración conjunta de las alegaciones formuladas y de la prueba aportada, este Comité entiende que no se deduce con evidencia la existencia de un error material manifiesto, único supuesto en el que procedería dejar sin efecto las consecuencias disciplinarias de la amonestación impuesta, en aplicación de los artículos 27 y 130 del Código Disciplinario vigente. En efecto, del visionado de las imágenes se observa que sí existió contacto entre el jugador amonestado y el rival, en la disputa del balón, correspondiendo al árbitro valorar técnicamente las consecuencias de la acción. Pero sin que pueda considerarse lo reflejado en el acta como un error material manifiesto, inconsistente con lo ocurrido.
En consecuencia, se desestiman las alegaciones formuladas, se confirma la segunda amonestación impuesta y, con ello, las consecuencias disciplinarias que se derivan de la misma.

Por lo anteriormente expuesto, el Comité de Competición,

 

ACUERDA:
Suspender por UN PARTIDO al jugador del Albacete Balompié, D.ROMAN ZOZULIA, por doble amonestación arbitral y consiguiente expulsión, ambas por emplear juego peligroso, con multa accesoria en cuantía de 200 € al club y de 600 € al futbolista, en aplicación de los artículos 111.1.a), 113.1 y 52.3 y 4 del Código Disciplinario de la RFEF.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso ante el Comité de Apelación en el plazo máximo de diez días hábiles.