La mascarilla volverá a ser obligatoria para los albaceteños: las excepciones en la práctica deportiva

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jueves, 23.12.2021

El Consejo de Ministros extraordinario celebrado este martes ha aprobado un nuevo Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas urgentes de prevención y contención para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID que establece el uso obligatorio de la mascarilla en exteriores, con independencia de la distancia de seguridad.

Como ha explicado la ministra de Sanidad, Carolina Darias, este acuerdo, consecuencia de la XXV Conferencia de Presidentes celebrada este miércoles telemáticamente desde el Senado, viene motivado por el cambio de situación en relación a la pandemia provocada por la COVID-19, con un incremento de contagios en toda Europa y en el resto del mundo y el surgimiento de la variante la Ómicron.

Este Real Decreto-ley modifica el artículo 6 de la ley 2/21 y recupera la obligatoriedad del uso de la mascarilla en espacios exteriores, en personas mayores de 6 años, en espacios al aire libre de uso público o que se encuentre abierto al público, para contribuir a la reducción de la transmisión comunitaria del virus, dada la capacidad de las mascarillas para bloquear la emisión y recepción de aerosoles.

Darias ha subrayado que se trata de una medida de carácter temporal, que estará vigente durante el tiempo imprescindible hasta que mejore la situación epidemiológica actual.

Según lo dispuesto en el Real Decreto-ley, volverá a ser obligatorio llevar mascarillas al aire libre o en espacios abiertos, salvo que se practique deporte individual o cuando se esté en espacios naturales, durante la realización de actividades de carácter no deportivo, siempre que se mantenga la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes.

Consecuentemente y, como ha detallado la ministra de Sanidad, seguirá siendo obligatorio llevar la mascarilla, en espacios cerrados de uso público, en espacios cerrados abiertos al público, en los medios de transporte público de cualquier tipo, así como privado complementario de hasta 9 plazas, si los ocupantes no conviven en el mismo domicilio.

Por otro lado, la mascarilla no será obligatoria para pasajeros de buques en su camarote, así como en aquellos espacios cerrados de uso público que formen parte del lugar de residencias de los colectivos que allí se reúnen; entre estos, instituciones de personas mayores, instituciones de atención a personas de diversidad funcional, y dependencias destinadas a personas que sean trabajadores esenciales.

Como requisito a esta exención, que no será aplicable a los trabajadores ni a los visitantes a estos centros, se establece tener coberturas vacunales con pauta completa superior al 80% y la dosis de refuerzo.

“En el día de ayer la práctica unanimidad de los miembros de la Conferencia de Presidentes pidieron la vuelta de las mascarillas”, ha recalcado Darias.