Habrá movimientos en el Consejo de Administración del Albacete Balompié

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sábado, 09.07.2022

Se hace pública la convocatoria que realiza el Consejo de Administración de la compañía a sus accionistas para la Junta General Extraordinaria que tendrá lugar en la oficina sita en la Ciudad Deportiva “Andrés Iniesta”, Prolongación de la Avenida de España s/n de Albacete, el día 11 de agosto de 2022, a sus 12:00 horas, en primera convocatoria, y en segunda convocatoria en el mismo lugar el día 12 de agosto de 2022 a las 13:30 horas, con el siguiente

ORDEN DEL DÍA

 

I. Dimisión o cese de los miembros del consejo de administración y aceptación de su renuncia.

II. Nombramiento de nuevos consejeros.

III. Ratificación de la novación firmada el 30 de junio de 2022 del préstamo participativo de fecha 14 de julio de 2017.

IV. Delegación de facultades para la ejecución y elevación a público de los acuerdos precedentes.

V. Lectura y aprobación del acta de la junta.

Se hace constar el derecho que asiste a los señores accionistas a solicitar y obtener de la sociedad todos los documentos sometidos a la aprobación de la Junta, incluidos el informe de gestión y el informe de los auditores de cuentas, en los términos previstos en el artículo 272 LSC.

Conforme prevé el artículo 16 de los estatutos sociales, será necesario que aquellos accionistas que deseen asistir a la Junta General comuniquen tal voluntad con una antelación mínima de 5 días. Para ello, deberán dirigir la comunicación a la siguiente dirección de correo electrónico: club@albacetebalompie.com. En caso de no realizarse dicha comunicación previa, la mesa de la Junta General estará facultada a no autorizar el acceso del accionista correspondiente o de su representante.

Por último, se recuerda a los Sres. accionistas que, además de la comunicación previa, conforme al citado artículo 16 de los Estatutos de la sociedad, únicamente podrán asistir a las Juntas Generales, por sí o representados, los titulares de al menos cien acciones inscritas a su nombre en el Registro de Acciones nominativas de la Sociedad. Los titulares de acciones en número inferior podrán agruparse hasta alcanzar el mínimo exigido.

El Consejero-Delegado